mayo 28, 2019 — General

Simple

Se supone. ​ El simple nace de una necesidad real. Que constituir empresa en colombia es un procedimiento cada vez más sencillo, en menos un dia, en las cámaras de […]

Se supone.

El simple nace de una necesidad real. Que constituir empresa en colombia es un procedimiento cada vez más sencillo, en menos un dia, en las cámaras de comercio del país, usted tiene una empresa constituida. El problema entonces no es crear empresa, sino gestionar empresas.

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La necesidad de contador es el problema.  La tributación es tan compleja que es casi imposible que un emprendedor, que entre otras cosas se tiene que preocupar porque su negocio  no muera, pueda hacer su propia contabilidad. (Hasta ahora… porque nosotros tenemos una solución )

De acuerdo con la Dian, el nuevo régimen de tributación es opcional y tendrá beneficios como la integración de hasta 6 impuestos en una sola declaración anual (Simple –sustituto de renta–ganancia ocasional, Industria y Comercio, Impuesto Nacional al Consumo, Sobretasa bomberil y Avisos y tableros)

No es del todo cierto porque algunos de estos ya estaban integrados.   La renta y la ganancia ocasional son uno solo, Industria y Comercio y Sobretasa bomberil y Avisos y tableros se presentaban al tiempo, aunque es muy conveniente reducirlo a un solo impuesto.

Son pocas las empresas obligadas al impuesto nacional de consumo, bares y restaurantes, que en número son muchos, pero insignificante respecto a los obligados en IVA. ¿Por qué el IVA  no quedo incluido ?

Supone un avance, que por sí solo justifica el régimen  que las empresas no estén sometidas a retención en la fuente. La retención que es una anticipo de  renta suele convertirse en el impuesto definitivo de los emprendimientos porque se suele perder plata la principio, y el orden contable no soporta una revisión de una “devolución de saldos”, la forma de pedir lo que la DIAN  le debe

Requisitos

Personas jurídicas de naturaleza societaria que, en el año gravable anterior, hubieren obtenido ingresos brutos, ordinarios o extraordinarios, inferiores a 80.000 UVT (equivalentes a 2.741.600.000, con la UVT de 2019).

Por el año 2019 el plazo para registrarse es el próximo 31 de Julio
Desde el año 2020, el plazo des del 1 de Enero al 31 de Enero

La forma es más o menos simple, si la empresa ya se encuentra constituida, cuenta con un RUT  en el que se incluyen las responsabilidades tributarias de la empresa, se hace una modificación de las mismas, esto puede hacerse en línea, con el mismo usuario con el que se presentan las declaraciones de impuestos

Si tiene cualquier duda respecto a cualquier tema relacionado con crear empresa en Colombia, puede consultarnos en [email protected] Nuestra página web. http://www.lightgreen-hornet-398837.hostingersite.com/ Nuestro blog sobre crear empresa
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